Cumplir con las regulaciones medioambientales es crucial para garantizar un desarrollo sostenible y respetuoso con nuestro entorno acústico. En este artículo, abordaremos diez cuestiones básicas sobre el Ruido en Fuentes Fijas, mientras exploramos la importancia del cumplimiento de la NOM-081-SEMARNAT-1994. Aprenderemos cómo esta norma juega un papel fundamental en el control de la contaminación acústica, y quiénes son los actores clave responsables de su cumplimiento.
Acompáñanos en breves minutos de lectura y conoce cómo la correcta gestión del ruido perimetral es esencial para un futuro más armonioso con el medio ambiente.
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1 ¿Qué es una fuente fija?
Aquellas actividades, procesos u operaciones capaces de producir contaminantes del aire se consideran fuentes de contaminación atmosférica. Estas pueden ser de origen natural (emisiones de volcanes, océanos, erosión del suelo o fenómenos de la vida animal o vegetal), así como de origen antropogénico (emisiones atmosféricas derivadas de la actividad industrial o agrícola, entre otras); pueden ser móviles (formas de transporte, vehículos automotores) o fijas (chimeneas industriales).
En este sentido, podemos definir como Fuente Fija a toda instalación establecida en un sólo lugar que tenga como finalidad desarrollar actividades industriales, comerciales, de servicios o actividades que generen o puedan generar emisiones contaminantes a la atmósfera. Así mismo, la Fuente Fija se considera como un elemento o un conjunto de elementos capaces de producir ruido que es emitido hacia el exterior a través de las colindancias del predio por el aire y por el suelo.
2 ¿Qué es el ruido?
El ruido, en términos generales, se define como un sonido no deseado o molesto que puede tener efectos negativos en la salud, el bienestar o el ambiente. Es un factor importante de contaminación acústica que puede provenir de diversas fuentes, incluyendo fuentes móviles y fuentes fijas.
3 ¿A qué se denomina Ruido en Fuentes Fijas?
Toda perturbación sonora que emite una fuente fija y que afecta aquello que colinde con ella a través del aire o del suelo.
4 ¿Qué norma regula el ruido perimetral o ruido procedente de Fuentes Fijas?
La Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994 establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido que genera el funcionamiento de las fuentes fijas y el método de medición por el cual se determina su nivel emitido hacia el ambiente.
5 ¿Por qué regular el ruido perimetral?
Cuando hay ruido constante proveniente de máquinas o dispositivos, afecta el bienestar y la salud del ser humano y del ecosistema. El grado de daño que causa depende de cuánto y con qué frecuencia el sonido supera el umbral de audición normal. Por ello, resulta necesario establecer los límites máximos permisibles de emisión de este contaminante.
6 ¿A qué empresas aplica realizar un estudio de ruido perimetral?
Esta norma oficial mexicana se aplica en la pequeña, mediana y gran industria, comercios establecidos, servicios públicos o privados y actividades en la vía pública.
7 ¿Quién regula el cumplimiento de la NOM-081-SEMARNAT-1994?
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) es la entidad responsable de asegurar el cumplimiento de las normativas ambientales, incluyendo aquellas relacionadas con la contaminación acústica. En este contexto, la PROFEPA puede requerir y revisar los estudios de ruido perimetral presentados por las empresas o instituciones para garantizar que se estén cumpliendo los límites establecidos y, en caso de incumplimiento, tomar acciones correctivas y sanciones para proteger el ambiente y la salud pública. También puede llevar a cabo inspecciones y monitoreo para verificar que las emisiones de ruido estén bajo control y se ajusten a las normativas vigentes.
8 ¿Quién puede realizar el estudio de ruido perimetral que mi empresa requiere?
Conocer y aplicar la norma, junto con su respectiva metodología, no es tarea sencilla. Se requiere disponer de una serie de procesos, recursos materiales, tecnológicos y humanos que se ajusten meticulosamente al método y lineamientos establecidos por la ley. En este sentido, los laboratorios de ensayo acreditados por una entidad autorizada y aprobados por PROFEPA se convierten en una necesidad para asegurar una correcta evaluación de la conformidad de los requerimientos establecidos por la norma.
9 ¿Qué vigencia tiene un estudio de ruido perimetral?
Su vigencia no está definida, y es válido para la autoridad competentea menos que se realice alguna modificación de las condiciones originales en las que se realizó el estudio.
10 ¿Qué vigencia tiene un estudio de ruido perimetral?
En caso de no haber puntos fuera de norma, conservar el reporte del estudio y tenerlo disponible para cuando la autoridad competente lo solicite. En caso de haber puntos fuera, aplicar acciones correctivas y volver a medir para validar que las adecuaciones cumplan con la normativa.
Recuerda que en el Centro de Calidad Ambiental ofrecemos servicios de medición de Ruido en Fuentes Fijas, acreditados ante la ema y aprobados por PROFEPA.
Si tienes alguna duda o requieres asesoría respecto a la NOM-081-SEMARNAT-1994 o cualquier otra gestión ante la autoridad, estamos para apoyarte.
Referencias:
Entidad Mexicana de Acreditación. (21 de Julio de 2023). Ruido ambiental y la norma oficial mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994. https://www.ema.org.mx/descargas_portalV2/resenas/2019/queretaroNov/CENAM_Ruido.pdf
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (21 de Julio de 2023). Fuentes de contaminación atmosférica. https://www.gob.mx/semarnat/articulos/fuentes-de-contaminacion-atmosferica
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (21 de Julio de 2023). Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994 que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición. https://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos/Ciga/agenda/PPD02/081.pdf
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